¿Cuándo debe invocarse la Carta Democrática Interamericana?

Durante la reciente sesión extraordinaria del Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos – OEA, el foro político por antonomasia de nuestro continente -creado el 30 de abril de 1948-, en la ciudad de Washington D.C., para asumir una posición colectiva por una resolución, a la luz de los recientes acontecimientos políticos en Venezuela, en que ha sido confirmado el fraude electoral por la dictadura encabezada por Nicolás Maduro, que se aferra al poder desde hace 11 años, el gobierno del Perú decidió enviar a la cita al canciller Javier González-Olaechea, para que intervenga en ese marco panamericano, y al hacerlo efectuó una errada invocación de la Carta Democrática Interamericana – CDI para el referido grave momento que vive el país llanero.

Quisiera, entonces, circunscribir este breve artículo, stricto sensu, en las razones por las que no puede ser invocado este instrumento jurídico-político continental, cuya autoría corresponde al propio Estado peruano, siendo que, incluso, fue firmada en nuestro país el 11 de setiembre de 2001, el mismo día en que se produjo el atentado terrorista de Al Qaeda en las Torres Gemelas de Nueva York.

Cuando fue concebida la Carta Democrática Interamericana la idea dominadora entre quienes tuvieron la iniciativa de su gestación y entre sus redactores, estaba la enorme preocupación por el riesgo que vivían países constitutivamente democráticos de perder la vigencia del referido sistema político de gobierno en nuestra región. Razones las hubo por montañas, considerando el caso dominante de la dramática fragilidad de las democracias en gran parte de América Latina, cuyas instituciones políticas también se venían mostrando vulnerables. El antecedente peruano de 1992, cuando se produjo el autogolpe de Estado por parte del expresidente de la República, Alberto Fujimori, debió servir de motivación para llevar adelante un documento panamericano que condenara ipso iure, cualquier intento por interrumpir la vigencia del sistema democrático de gobierno. Esa fue la razón sustantiva y fundamental y esta idea se encuentra en prácticamente todo el texto de la Carta Democrática Interamericana, cuyas preocupaciones se desprendían por la amenaza de perder la democracia, y no como en Venezuela que se trata de una circunstancia completamente contraria, es decir, buscando recuperarla ante la existencia de una dictadura.

Esta conceptualización elemental y sustantiva se aprecia -repito- a lo largo de la Carta. De hecho, en la parte considerativa queda la evidencia incontrastable y cito:

«[…] estableció, consecuentemente, un mecanismo de acción colectiva en que de que se produjera una interrupción abrupta o irregular del proceso político institucional democrático o del legítimo ejercicio del poder por un gobierno democráticamente electo en cualquiera de los Estados Miembros de la Organización […]»

Como es ampliamente conocido, en Venezuela no existe un gobierno democrático, por lo que Nicolás Maduro no ha tenido antes, durante ni después de las elecciones del pasado domingo 28 de julio, un ejercicio democrático del poder. Es todo lo contrario. De hecho, la naturaleza del mentado Acuerdo de Barbados que luego Maduro tiró al suelo sin ningún signo de sentirse perturbado, fue precisamente para llevar adelante un proceso limpio y transparente que permitiese recuperar la democracia que lleva 11 años secuestrada.

Todos los artículos de la Carta Democrática Interamericana se preocupan en efectuar referencias a los gobiernos democráticos y no a las dictaduras. Lo anterior es muy importante porque el tenor que destaca en el texto de la Carta es abiertamente circunscrito al peligro inminente de que se pudiera perder la democracia y no respecto de los esfuerzos para salir de una dictadura y, en consecuencia, lograr recuperar la democracia, que es lo que se ha querido todo el tiempo para Venezuela. Los artículos 17 al 20 de este instrumento de la OEA, son significativamente elocuentes en establecer las medidas ante el riesgo o la amenaza de perder la democracia; y el artículo 21, lo es más porque da un paso certero a la advertencia del riesgo o la amenaza de perder la democracia, refiriéndose a la evidencia incontrastable de haberse perdido, lo que no es el caso de Venezuela pues lleva 11 años sin ella, de allí que no se sostiene por ningún modo que en Venezuela haya democracia y que el pasado domingo 28 de julio se ha perdido. El mencionado artículo 21 es sumamente claro para aclarar conceptualmente para qué es realmente que se dio la Carta Democrática Interamericana. En efecto, dicho artículo, dice textualmente lo siguiente:

«Cuando la Asamblea General (de la OEA), convocada a un período extraordinario de sesiones, constate que se ha producido la ruptura del orden democrático en un Estado miembro y que las gestiones diplomáticas han sido infructuosas, conforme a la Carta de la OEA, tomará la decisión de suspender a dicho Estado miembro del ejercicio de su derecho de participación en la OEA […]»

¿Será acaso que en Venezuela recién en 2024 se ha producido la ruptura del orden democrático? ¿Será que a Maduro le importa realmente si Venezuela es suspendida de la OEA cuando todos sabemos que se ha desaforado por su propia voluntad del sistema interamericano, habiendo denunciado la Convención Americana de Derechos Humanos, tiempo atrás?.

Lo peor que se pueda hacer es tapar el sol con un dedo o hasta echarnos tierra en los ojos como para no advertir responsablemente y con objetividad académica de que el canciller ha vuelto a caer en un error garrafal como jefe de la diplomacia peruana. Ya lo hizo cuando presentó un proyecto para acabar con el derecho de veto que corresponde a cada uno de los 5 miembros permanentes del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, proponiendo que dicho derecho de veto para hacerse efectivo, debería ser formulado por los menos por 3 de los 5 miembros del Consejo, y que fue considerado una completa aberración jurídico-política, dado que en una votación en ese marco, China y Rusia, que son menos que Estados Unidos, Francia y el Reino Unido, considerarán al Consejo inútil y harán maletas para dejarlo y de paso a la ONU. Ese error también conceptual sustantivo nos lleva a invocar al ministro que cualquier intervención dentro o fuera del país, exige una preparación del más alto nivel y sobre todo, saber escuchar a los expertos de la cancillería. Lanzarse a una piscina sin agua desprestigia a nuestra diplomacia y como académico me corresponde decirlo.

No más invocaciones a la Carta Democrática Interamericana porque su contenido de forma y fondo sencillamente dista de la realidad venezolana en la que debe realizarse estrategias con el único objetivo de recuperar la democracia que no tiene.


Miguel Ángel Rodríguez Mackay

Exministro de Relaciones Exteriores del Perú, jurista peruano y profesor en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.