Joseph De Maistre y una mirada al Perú

La constitución peruana, el documento legal de más alta jerarquía, ha sido objeto de debate en los últimos años y se ha celebrado recientemente las tres décadas de existencia de su última versión. El texto de 1993 ya se acerca a la duración de los textos de 1933  (35 años) y aún lejana a la de 1860 (59 años) que es conocida por ser gestada como moderación entre los revolucionarios liberales y los conservadores.

Pero no todos comparten la definición moderna de constitución, para tradicionalistas como Miguel Ayuso los textos hoy considerados constitución no son sino parte de la pirámide de Kelsen, la cuál considera «el monumento de la muerte del derecho». Incomparables son con las constituciones naturales de las sociedades humanas, que no son producto de la convención racional de los individuos sino el orden social que se identifica con el espíritu y tradición de cada pueblo.  Según De Maistre, en sus Consideraciones sobre Francia, se gestan «unas veces germinando, por así decirlo, de una manera insensible, por la reunión de una multitud de circunstancias de esas que llamamos fortuitas, y algunas otras veces tienen un autor único que de improviso aparece y se hace obedecer. En ambos casos se ve como Dios nos recuerda nuestra debilidad y el derecho que Él mismo se ha reservado en el gobierno de los pueblos» (1796).

El ethos peruano se manifiesta popularmente en diversas tradiciones y festividades, como de la Virgen de Chapi en Arequipa o del Señor del Mar en el Callao, valores y comportamientos que no se implantan de un día para otro en función de un acuerdo. Viendo con claridad entendemos que los valores de una sociedad no se implantan desde la reunión de unos cuántos hombres, sino que se van desarrollando desde la búsqueda natural del ser humano por el bien. «El hombre puede plantar una semilla pero jamás ha pretendido que tenía el poder de hacer un árbol ¿Cómo se ha imaginado que podía hacer una Constitución?» decía el conde saboyano.  

El primer texto constitucional del Perú se lanzó en 1823, luego la considerada madre de las constituciones se promulgó en 1828, invocando en sus introducción el nombre de «Dios Todo Poderoso (…) Supremo Autor, y Legislador de la Sociedad». No obstante, durante siglos se gobernaba considerando la fe cristiana y las costumbres e instituciones tradicionales -prehispánicas e hispánicas como los caciques, el cabildo, la mita, reales cédulas, etc- antes que desde un documento pensado racionalmente por una asamblea, los pocos escritos que existían eran mandatos de la corona como «Las leyes de Burgos» y «Las leyes nuevas» para el buen trato y protección de sus vasallos nativos americanos, más no pretendían constituir las reglas supremas de una sociedad.

Durante el agitado siglo XIX, el gobierno de la sociedad peruana era cosa de aquellos caudillos que conocían largamente las distintas corporaciones y realidades que constituían el país –las provincias, artesanos, maestros, militares, el congreso, las órdenes religiosas, etc- y podían, mediante la concesión de privilegios, mantener unida la nación desde el recién nacido estado peruano, como nos cuenta McEvoy en Homo Politicus.

Como podemos notar, la independencia no significo la consagración de un modelo democrático liberal. Más bien el viejo orden se mantenía en el fondo pero cambiando cosméticamente sus formas: cada cuerpo social tenía sus reglas y costumbres en la cual el privilegio vertebraba todo con el aparato estatal, un ejemplo claro de «gatopardismo» que llamaría la atención del mismo Giussepe Tomasi. La cuestión en el presente es manejar los escritos maistreanos tras siglos de cambios políticos y sociales, pues enfrentamos un mundo que asumió, para bien o para mal, la teoría de la soberanía popular y el contractualismo liberal en desmedro del origen divino de la legitimidad, siguiendo la visión de Santo Tomás de Aquino, y de ver la sociedad como un producto de la naturaleza humana, forjada en una conjunción armónica y tradicional a lo largo de los tiempos.

Para finalizar hemos de entender que constitución es una palabra que tiene más de un significado, pero es necesario revisar la definición que el conde saboyano dejaría a finales del mal llamado Siglos de las Luces: «dadas la población, las costumbres, la religión, la situación geográfica, las relaciones políticas, las riquezas, las buenas y las malas cualidades de determinada Nación, hállense las leyes que le convienen».

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