¡Retorno a la bicameralidad!

Generalmente, para llegar a una conclusión, el cerebro procede de la siguiente manera: La mente se aplica con prolongada intensidad atendiendo al asunto de nuestro interés, la memoria indaga penetrando en el pasado y trata de hallar similitudes y disimilitudes en procesos históricos anteriores, se sirve de argumentos para examinarlos, expectora los de marcada inutilidad y debilidad, y prefiere los de mayor coherencia y persuasión. Así, después de un lento y fatigoso pensar, se llega a una conclusión que nos aparta de la incertidumbre inicial y nos lleva al convencimiento.

Este es el método que honradamente he tratado de seguir para comprender la importancia del retorno a la bicameralidad A mi juicio, la fórmula política más segura para restaurar el prestigio de la labor legislativa, está en consolidar un diseño parlamentario de tipo bicameral. No es novedad afirmar, que el Congreso de la República sufre una pérdida de credibilidad notable, los miembros del cuerpo legislativo con frecuencia reciben improperios, se les estigmatiza de perezosos e incapaces y se les dibuja con las más groseras adjetivaciones. Pero en el fondo, entre tanta verborrea altisonante, lo que termina despreciándose es la propia actividad parlamentaria.

Por tanto, considerando en frío, como decía el maestro Vallejo, hacer una defensa del bicameralismo en estas circunstancias puede llegar a ser odiosa y detestable, aun así, lo más importante es recuperar el respeto al Congreso como institución democrática, introduciendo una cámara reflexiva que sea capaz de darle mayor nivel. Dos cámaras legislativas serán como dos gigantescas columnas que le darán mayor firmeza al tambaleante edificio congresal.

Considero que en el “control intra-legislativo” está el nervio central del dictamen de proyecto de ley de reforma constitucional que restablece la bicameralidad en el Congreso de la República del Perú, establecido por la Comisión de Constitución y Reglamento. Este mecanismo figura en el inciso 1 del artículo 102-A acerca de las atribuciones del Senado. Esta nueva manera de forjar políticamente las leyes tendrá como objetivo principal, darle al Senado la capacidad de madurar lentamente los proyectos legislativos.

El abogado constitucionalista Ángel Delgado Silva, al pronunciarse sobre la bicameralidad, dice: “En un régimen bicameral, es necesario que la cámara colegisladora, en este caso el Senado, revise el proyecto de ley que se ha aprobado en la cámara de diputados, y entonces se introducirán las enmiendas”. El Congreso peruano, dada las gravísimas condiciones que enfrenta, necesita dotarse de personalidades políticas encumbradas, recuperar el prestigio de la labor parlamentaria y ser una institución respetable. Y la mejor forma de alcanzar este propósito, está en establecer una organización parlamentaria bicameral.

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